PRIMERO: Se declara la CONFESION FICTA de la demandada ciudadana LUISA VIRGINIA, RODRIGUEZ PARADA, identificada en autos.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda propuesta por la abogada SAIDA YAMILKA PRADA CHACON, actuando en su condición de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSE MAURO OROZCO DUARTE, contra: LUISA VIRGINIA RODRIGUEZ PRADA, Por: Cobro de Bolívares. Vía Intimación.
TERCERO: Se condena a la demandada a pagar a la demandante las siguientes cantidades de dinero:
1.- La cantidad de Nueve Millones Trescientos Mil Bolívares (Bs 9.300.000) por concepto de capital de las letras acompañadas como instrumento fundamental de la pretensión.
2.- La cantidad de Seiscientos Cuarenta y Seis Mil B Novecientos Seis Bolívares (646.906,00 Bs), por intereses moratorios de la obligación demandada.
3.- La cantidad de Novecientos Noventa y Cuatro Mil Seiscientos Noventa Bolívares ( Bs 994.690,00) por concepto de costas calculadas en un 10% de la suma demandada.
4.- La cant.....