PRIMERO: Se declara CON LUGAR el rechazo e impugnación de la cuantía interpuesto por los ciudadanos LUZ MARIA MANTILLA RUEDA, HUGO ENRIQUE, JORGE ENRIQUE y DARIO ENRIQUE VANEGAS MANTILLA, demandados en la presente causa, asistidos del abogado LUIS ALBERTO CAICEDO SANCHEZ con Inpreabogado No. 35.197, en su escrito de contestación a la demanda.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD interpuesta por GENESIS ANDREA MORALES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-21.222.393, domiciliada en la Calle 6, entre Carreras 6 y 7, No. 6-51, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, contra los ciudadanos HUGO ENRIQUE VANEGAS MANTILLA, JORGE ENRIQUE VANEGAS MANTILLA, DARIO ENRIQUE VANEGAS MANTILLA, y LUZ MARIA MANTILLA RUEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 17.128.152, V-19.540.371, V-19.540.370 y V- 10.811.315, domiciliados en Belandria, Municipio Independencia del Estado Táchira.....