PRIMERO: Se declara la confesión ficta de la codemandada PRAGEDES CONTRERAS GUERRA DE VELAZCO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 1.798.884, con domicilio en Michelena, Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar la demanda. En consecuencia, se declara con lugar la Prescripción Adquisitiva propuesta por la ciudadana FRANCELINA VELAZCO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 8.092.277, domiciliada en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira, contra los ciudadanos PRAGEDES CONTRERAS GUERRA DE VELAZCO, DORIS MOLINA, HEGLIS VELAZCO MOLINA, LENIN GUSTAVO VELAZCO MOLINA Y WILANDER VELAZCO MOLINA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad N° 1.798.884, 8.098.880, 18.461.772, 20.098.404 y 17.975.308, en su orden, la primera domiciliada en Michelena, Estado Táchira y los restantes en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, por motivo de Prescripción Adquisitiva.
TERCERO: Se reconoce el derecho de propiedad d.....