En tal sentido, de la revisión del acta, cuya nulidad pretende la parte actora, quien aquí decide observa que al final del folio 10, se encuentra estampada la firma de la abogada MILEIDY CAROLINA LÓPEZ CHOURIO, en su condición de Coordinadora de la Oficina de Inquilinato en el Estado Táchira, perteneciente al Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y el Hábitat, razón por la cual, por cuanto el acta, cuya nulidad se pretende está involucrada la intervención del funcionario de la administración pública que obró en nombre del órgano que emitió el acto, el mismo se enmarca en los denominados actos administrativos.
Ahora bien, sobre éste particular, el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, reza:
"Artículo 25.- Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa son competentes para conocer de:
... omissis...
3. Las demandas de nulidad contra los actos administrativos de efectos generales o par.....