Declara suficiente para asegurarles a las ciudadanas ANA EVELIA BARRIOS DE ESCALANTE, MARIA CRISTINA BARRIOS DE YAÑEZ Y AMALIA BARRIOS CUJAR, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V-3.312.000, V.-3.312.246 y V.-3.312.002, respectivamente su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de HERMANAS del causante LUIS RAUL BARRIOS CUJAR