Por las razones antes expuestas; éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando e impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Unión Concubinaria, interpuesta por el ciudadano ALIRIO ROJAS MELGAREJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 23.544.124 de este domicilio y hábil, contra los ciudadanos YASTRENSY ALBERTO DAZA SERRANO y MARLIN NAYALI ROJAS SERRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 11.506.641 y V- 16.981.314, domiciliado el primero en el Barrio Puerta del Sol, Calle 3, Casa No. 2, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y la segunda en la Vereda 4, Calle 3, No. 4-49, Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, continuadores jurídicos de la ciudadana NANCY SERRANO DELGADO.
SEGUNDO:.....