Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar los Reparos Graves, formulados por el abogado LUIS ALBERTO CAICEDO SANCHEZ, con Inpreabogado No. 35.197, apoderado judicial de la parte demandada, contra el informe de partición presentado por el ciudadano FELIX GUGLIELMI MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 1.553.861, partidor en la presente causa, de fecha 20/03/2006, el cual corre agregado a los autos del folio 179 al 207.
SEGUNDO: Una vez conste en autos la última notificación practicada, y vencido el lapso para que las partes ejerzan recurso alguno, contra la presente decisión, el partidor en un lapso de cinco (05) días de despacho deberá presentar nuevamente el informe de partición.....