en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos: DONAIRA VARGAS DE MONCADA, MARCO TULIO, BELKYS YOLIVER, WILLIAM JAVIER, HENRY WLADIMIR y RICHARD JOSE MONCADA VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.310.310, V-9.128.709, V-9.331.180, V-9.336.040, V-9.337.260 y V-10.745.286 respectivamente, su condición esposa la primera e hijos los siguientes del de Cujus TULIO RAMON MONCADA CHACON, fallecido el 06 de agosto de 2004, en la Avenida Eleuterio Chacón del Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, la condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS NOMBRADO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo en todo caso los derechos de terceros