Vista las pruebas, éste Tribunal las declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos SANTOS LEONARDO GOMEZ ALVIS y LISETTE OLIVA CARRASQUERO DE GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.024.100 y V- 5.669.867, de este domicilio, sus derechos de propiedad y posesión sobre las mejoras construidas a sus únicas y exclusivas expensas, consistentes en una vivienda unifamiliar continua, distinguida con el N° 1 , de dos (2) plantas compuesta de la manera detallada en la Sentencia al igual que los linderos del inmueble