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Decisiones del dia 31/05/2023

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 36.585 N° Sentencia : Fecha: 31/05/2023
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
DTE: ALEXANDRA RAMÍREZ LISARAZO, ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN MERCACENTRO EL VIADUCTO DDO: JAIMES PÁEZ RAMÍREZ
Resumen:
En el caso de autos se evidencia que la parte actora demanda por cumplimiento de contrato para que el demandado Jaimes Páez Ramírez, le pague la suma de Bs. ONCE MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES (Bs. 11.318,00) que señala le adeuda el demandado por concepto de capital y de honorarios profesionales, no obstante no consignó el instrumento de donde se derive la existencia del referido contrato cuyo cumplimiento demanda y la acreencia cuyo pago pretende, ya que de los instrumentos anteriormente relaciones consignados junto con el libelo no consta dicho contrato. Por tanto, la demanda interpuesta por La ciudadana Marle Alexandra Ramírez Lisarazo, actuando con el carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN MERCACENTRO EL VIADUCTO en contra del ciudadano Jaimes Páez Ramírez, por cumplimiento de contrato resulta inadmisible de conformidad con el Artículo 341 procesal, por ser contraria a lo dispuesto en el Artículo 340.6 del Código de Procedimiento Civil. Así de decide.
Juez/Ponente:
Fanny Ramírez Sánchez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 36.534 N° Sentencia : Fecha: 31/05/2023
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
DTE: LUIS FRANCISCO CASTRO RUGLES DDO: ALBA MARIA RUGELES DE CASTRO
Resumen:
PRIMERO: CON LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA OPUESTA por la parte demandada contenida en el ordinal 1° del Artículo 346 procesal, relativa a la incompetencia del Tribunal por la materia. En consecuencia, se declina la competencia para el conocimiento de la causa en el Juzgado de Primera Instancia con competencia agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a donde se acuerda remitir el presente expediente una vez quede firme la presente decisión. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Juez/Ponente:
Fanny Ramírez Sánchez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 36.554 N° Sentencia : Fecha: 31/05/2023
Procedimiento:
Procedimiento Por Intimacion
Partes:
DTE: JORGE IVAN MARQUEZ RAMIREZ DDO: JOSE HUMBERTO MORA CHACON Y MARIA VIRGINIA ROJAS GUERRERO
Resumen:
En el caso de autos se aprecia que el abogado JORGE IVAN MARQUEZ RAMIREZ, quien suscribió la transacción demandó con el carácter de endosatario en procuración de dos letras de cambio, y revisadas el adverso de ambas letras de cambio corrientes 7 y 8 se aprecia que en el aludido endoso en procuración no se lo otorgó al mencionado abogado en dicho endoso facultad expresa para transigir, tal como lo dispone el Artículo 154 procesal. En consecuencia, resulta evidente que el precitado abogado JORGE IVAN MARQUEZ RAMIREZ, carece de capacidad para disponer del proceso tal como lo dispone el Artículo 1.714 del Código Civil, por no tener facultad expresa para transigir. Por tanto, se niega la homologación a la transacción de fecha 17 de mayo de 2023.
Juez/Ponente:
Fanny Ramírez Sánchez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 36.586 N° Sentencia : Fecha: 31/05/2023
Procedimiento:
Procedimiento Por Intimacion
Partes:
DTE: WILBUR O. ARELLANO ROJAS DDO: DOLORES ORTEGA DE TRRES
Resumen:
En consecuencia, esta sentenciadora DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, sobre bienes muebles propiedad de la demandada ciudadana DOLORES ORTEGA DE TORRES, titular de la cédula de identidad N° V-11.304.308, hasta por la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 2.844.594,71), que comprende el doble del valor de la letra de cambio, más 1/6% de comisión, más costas acordado en el decreto de intimación. Y si el embargo recayere en cantidades líquidas será sobre la cantidad de UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CATORCE BOLÍVARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 1.458.114,71).
Juez/Ponente:
Fanny Ramírez Sánchez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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