Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el señor Pablo Villegas Rincón, colombiano, titular de la cédula de identidad N° E-84.267.541, asistido por la abogada Gorgina Akely Garofalo Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.887.038, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 294.945, contra el señor Gonzalo Rojas Vera, titular de la cédula de identidad N° E-81.855.822, y contra los ciudadanos Edixon Rojas Vera y Denis Rojas Vera, venezolanos, titulares de la cédula de identidad números: V- 18.565.463 y V-15.989.049 respectivamente.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juz.....