DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio por Ruptura Prolongada de los ciudadanos ANA AMARILIS MEDINA DE RODRÍGUEZ y HECTOR RODRÍGUEZ JAIMES, ya identificados. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 29 de Septiembre de 1967, por ante el Juzgado del Distrito Ayacucho del Táchira, según acta de matrimonio Nº 29