DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE LA CIUDADANA GLADYS COROMOTO PEDRAZA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.124.808 y en aplicación del artículo 397 del Código Civil, la entredicha quedará bajo la tutela, y las disposiciones relativas a éste le sean adaptables a la naturaleza de la interdicción.