Conforme a lo expuesto resulta forzoso para quien decide declarar de oficio la falta de cualidad del demandado Jaime Andrés Marti Salcedo, para sostener el presente juicio, y en consecuencia se declara inadmisible la demanda interpuesta por el ciudadano Jorge Jaime Marti Parello contra el ciudadano Jaime Andrés Marti Salcedo, por nulidad absoluta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad de comercio "Plásticos Los Andes C.A" celebrada en fecha 7 de agosto de 2020, y posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira, el 26 de agosto de 2020, bajo el N° 73, Tomo 6-A RM I. . Así se decide.