PARTE DEMANDANTE: MARIA ISOLINA MENESES ALBARRACIN, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-22.640.914, domiciliada en el Corozo, Barrio Santa Lucia, casa N° 69, Municipio Torbes del Estado Táchira.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: LENIN ANTONIO GARCÍA CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° V-11.374.265 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 153.463.
PARTE DEMANDADA: JOSÉ LUIS DUQUE MENESES, JUAN MARÍA DUQUE MENESES, MAURICIO ESTEBAN DUQUE MENESES, JOSÉ CECILIO DUQUE CONTRERAS Y FELIPA ANTONIA DUQUE CONTRERAS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.410.001, V-17.207.311, V-18.257.350, V-13.038.143 y V-11.494.029 en su orden, en su carácter de hijos del de cujus MAURO ANTONIO DUQUE.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARUTH ELADIO VIVAS PÉREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.229.423 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 167.052.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA
Téngase la presente aclarato.....