Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA DE OFICIO la falta de cualidad de la parte actora, y en consecuencia inadmisible la demanda interpuesta por el abogado en ejercicio Víctor Julio Barrientos Castiblanco, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil Inmobiliaria Santa Mónica Sociedad de Responsabilidad Limitada, contra la empresa mercantil CONFITERIA EL LORO C.A, por daños y prejuicios.
SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 274 procesal, se condena en costas a la parte demandante.