DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DE LA CIUDADANA LAURA CECILIA LÓPEZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-28.257.960 y en aplicación del artículo 397 del Código Civil, la entredicha quedará bajo la tutela, y las disposiciones relativas a éste le sean adaptables a la naturaleza de la interdicción.--------------------------------------------------------------------------------
El nombramiento del Consejo de Tutela, del Tutor, Protutor y Suplente y toda la tramitación relacionada con la institución se hará en la ejecución de la sentencia.----------------------------------------------------------------------------
Publíquese, regístrese y consúltese con el Juzgado Superior (Distribuidor) del Estado Táchira.-