SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano JULIO MORA ANDRADE, ya identificado; y revisada como ha sido la documentación presentada considera que el ACTA DE MATRIMONIO adolece del siguiente error: "en el sentido de que en la identificación de los contrayentes, JULIO MORA ANDRADE con la ciudadana YRISBEL PARRA, se omitió sus cédulas de identidad signadas con los números: V-4.957.846 y V-12.825.376, en su orden, respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE