Conforme a lo expuesto, cumplidas las formalidades de ley, y a tenor de lo dispuesto en el Artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ordena seguir el procedimiento por los trámites del juicio ordinario y DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del notado HENRY JAVIER CONTRERAS OTERO, y al efecto se nombra TUTORA a hermana la ciudadana MARIA LILIANA OTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-16.124.422, domiciliada en Barrancas Parte Alta, Calle La Trinidad N° T-63, San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil, a quien se acuerda notificar para que concurra por ante este Tribunal a las diez de la mañana del segundo día de despacho siguiente después de que conste en autos su notificación, a los fines de su aceptación y juramento.
De conformidad con los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena protocolizar este de.....