Por las razones expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO CELEBRADO por la codemandada ciudadana CARMEN VIDALIA CONTRERAS PICO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.-13.365.084, domiciliada en San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira y civilmente hábil, debidamente asistida del abogado en ejercicio Daniel Alberto Castellanos Zabala, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-8.991.972 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 214.421, a tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese, y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de P.....