Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la abogada Alejandrina Caicedo de Adames, titular de la cédula de identidad N° V-12.402.598, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 100.835, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano José Lino Velasco, titular de la cédula de identidad N° V-156.754, contra la ciudadana Yony Coromoto Cáceres Cárdenas, titular de la cédula de identidad N° V-9.135.794.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en sede constitucional, a los once .....