La referida transacción fue celebrada personalmente por las partes demandante DESIREE KARINA ZAMBRANO y demandada JEAN CARLOS BELTRÁN, debidamente asistidos de abogado, y por cuanto la misma versa sobre una materia en la cual no están prohibidas las transacciones, resulta forzoso para quien decide impartirle la correspondiente homologación.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, Homologa la referida Transacción celebrada en fecha nueve (9) de febrero de 2021, en los términos en ella establecidos y acuerda darle el carácter de SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, f.....