Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA LA FALTA DE CUALIDAD DEL DEMANDADO Ramiro Paredes Camacho para sostener el presente juicio y en consecuencia declara inadmisible la demanda interpuesta por el ciudadano José Rafael Delgado Depablo contra el ciudadano Ramírez Paredes Camacho por desalojo del local comercial ubicado en la Avenida Principal de la Urbanización Coromoto, Esquina Barrio Las Flores, parte alta, N° 1-20, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 procesal, se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en el proceso.