DECLARA CON LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano JUAN ISIDRO VANEGAS ANGARITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.673.945 contra la ciudadana BLANCA MIRIAN FIGUEREDO OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.738.020 por Divorcio, fundamentándose en la causal 2º del artículo l85 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 26 de Agosto de 1988, por ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Táchira según acta de Matrimonio N° 028