DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano FLORENCIO FRANCISCO FLORES CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.509.636, contra la ciudadana OMAIRA JOSEFINA RIVERO MOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.354.861 por Divorcio, por abandono voluntario. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 12 de Marzo de 1986, por ante el Juzgado del Municipio Plaza del Estado Miranda, según acta de Matrimonio N° 68.