DECLARA CON LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana UBILSA CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-5.449.231 contra el ciudadano JORGE LUIS GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.184.499 por Divorcio, fundamentándose en la causal 2º del artículo l85 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 10 de Abril de 1992, por ante la Prefectura de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de Matrimonio N° 121