En el caso de autos se aprecia de los alegatos expuestos en la contestación a la demanda por la parte demandada que la misma formula una clara oposición a la partición y alega la existencia de otros condóminos que no fueron demandados manifestando que el causante ANTERO DELGADO, reconoció y presentó como sus hijos a su hermanos: CRUZ ESPERANZA DELGADO CASANOVA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.-3.793.792, y HUMBERTO DELGADO CASANOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-5.009.287, por lo que los mismos poseen la condición jurídica de coherederos legítimos, y pide que sean citados.
Al respecto, observa esta sentenciadora que efectivamente junto con la contestación a la demanda fueron consignadas al folio 96 copia certificada del acta de nacimiento N° 92 expedida por la Registradora Civil del Municipio San Cristóbal, correspondiente a la ciudadana ESPERANZA DELGADO CASANOVA; y al folio 99 corre copia certificada del acta de nacimiento N.....