Por las razones precedentemente expuestas, ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el ciudadano JOSE MARIA UZCATEGUI CARDENAS en su condición de representante legal de la Sociedad Mercantil UZMACA, C.A. inscrito en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Trabajo y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado, agregados al expediente N° 1465 de fecha 10/08/1966 debidamente asistido por el Abogado José Ramón Cárdenas Uzcategui e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.060.
2.- SE MODIFICA, la Resolución de Imposición de Sanción N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DR/CA/00940/2015-00175 de fecha 22/07/2015, suscrita por el Jefe de División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos, Región los Andes del SENIAT.
3.- SE ANULA, las planillas de liqui.....