1.- PROCEDENTE, la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 489 de fecha, 0608/2007, dictada por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región los Andes; presentada por el Abogado Dora Inés Padrón Cegarra, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 11.130.892, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.996, en su carácter de Representante de la República Bolivariana de Venezuela.
Pasa este Tribunal a subsanar la omisión incurrida respecto