1. SIN LUGAR LA OPOSICION, hecha por el apoderado judicial del Municipio Junín abogado JESUS ARMANDO COLMENARES JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 12.235.534, inscrito en el inpreabogado bajo en Nro 74.418.
2. SE RATIFICA EL AMPARO CAUTELAR, acordado en sentencia de fecha 10 de agosto de 2016, solicitado por Distribuidora Vicros C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el número 08 tomo 11-A de fecha 14 de marzo de 1997, representada por el ciudadano VICTOR MANUEL VERA CONTRERAS, titular de la cedula de identidad V- 9.145.505, en su carácter de presidente y debidamente asistido por los Abg. Ángel Geovanny Castro Contreras y Keidy Yelitza González Zambrano, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 240.146 y 222.517, y en el cual se decidió lo siguiente:
2. DECRETA MEDIDA DE AMPARO CAUTELAR, consistente en la orden inmediata al