PRIMERO:Parcialmente con lugar la apelación ejercida por la demandante ANGÉLICA MARÍA MORENO GRANADOS, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 28 de mayo de 2.015.SEGUNDO:Con LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato preliminar de opción de compraventa autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de la Ciudad de San Cristóbal, de fecha 17 junio de 2011 inserto bajo el N° 05, Tomo 99, folios 41-47, intentada por la ciudadana ANGÉLICA MARÍA MORENO GRANADOS, venezolana, hábil, titular de la cédula de identidad N° V.- 136.304.299 en contra de la sociedad mercantil PROMOCIONES ROAN C.A. sociedad mercantil inscrita inicialmente en el Registro mercantil Primero del Estado Táchira, en fecha 26 de mayo de 2006, bajo el No. 48, tomo 11-A, posteriormente inscrita por cambio de domicilio en el Registro Mercantil Primero de Mérida, en fecha 09 de agosto de 2007, baj.....