Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide:
ÚNICO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la abogada GLORIA BUITRAGO DE ARIAS, contra la omisión de pronunciamiento del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, sobre la apelación interpuesta contra la decisión interlocutoria de fecha 3 de junio de 2019, mediante la cual ratificó que la causa se encuentra en estado de suspenso en virtud de la notificación al Procurador General del estado Táchira, y a su vez, se declaró incompetente y declinó la competencia en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, SE ORDENA OÍR EN UN SOLO EFECTO LA APELACIÓN interpuesta contra la decisión dictada en fecha 3 de junio de 2019, asentada en .....