PRIMERO: Se declaran CON LUGAR las apelaciones interpuestas por las abogadas DALIA YALEITZA CARRERO GONZÁLEZ y BELKIS CENOBIA CARRERO GONZÁLEZ en representación de la ciudadana ZULMA YELMIRA CORONEL VIVAS, en fechas 31 de mayo, 2 y 18 de junio de 2.010, contra los autos dictados el 11 de mayo y 8 de junio de 2.010, por la Jueza Unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se REVOCAN los autos dictados el 11 de mayo y 8 de junio de 2.010 por la Jueza Unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. En consecuencia, queda sin efecto el oficio N° J4-954-10 de fecha 11 de mayo de 2.010 dirigido al Registrador Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
TERCERO: Se MANTIENE la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada el 15 de marzo de 2.005 y ejecutad.....