ÚNICO: Se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente expediente, contentivo del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON MEDIDA DE AMPARO CAUTELAR. En consecuencia, notifíquese a las partes. Particípese al Procurador General de la República informando de la presente decisión, dejando expresa constancia que la participación al Procurador General no interrumpe el transcurso del lapso de apelación, por cuanto la presente decisión no obra en contra de los intereses del Estado. Una vez quede definitivamente firme la misma, archívese el expediente.
Por cuanto las partes se encuentran a derecho se obvia su notificación.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, para el Archivo del Tribunal.
La Jueza Titular,
JEANNE LISBETH FERNÁNDEZ DE ACOSTA
La Secretaria Titular,
Angie Andrea Sandoval Ruiz
En la misma fecha, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.).....