ÚNICO: Se DECLARA INCOMPETENTE para conocer y decidir la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por el abogado JOSÉ EDUARDO JAIMES PÉREZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad de identidad N° V-9.181.921, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "BILLARES BILLARLANDIA C.A.", contra los autos fechados 7 de julio de 2015 (admisión de la demanda);15 de octubre de 2015 (auto de homologación); 26 de octubre de 2016 (auto decretando el cumplimiento voluntario) y 9 de noviembre de 2016 (auto acordando la ejecución forzosa), dictados por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, y declina la competencia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira al que corresponda por distribución. Remítase inmediatamente el presente expediente al Juzgado de Primera Instanc.....