PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano JIMMY HUMBERTO MÁRQUEZ CHACÓN contra la sentencia de fecha 4 de marzo de 2008 dictada por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con funciones de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de obligación alimentaria (hoy obligación de manutención), que planteara la ciudadana LEIDY COROMOTO GUILLÉN ZAMBRANO a favor de la niña (SE OMITE POR RAZONES LEGALES), contra el padre JIMMY HUMBERTO MÁRQUEZ CHACÓN. En consecuencia, se fija la misma en la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250,00) mensuales. Asimismo, se fija una cuota extraordinaria adicional de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,00) en el mes de diciembre para los gastos navideños propios de esa época.
Queda MODIFICADA la sentencia apelada.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.-.....