PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 21 de enero de 2010 por la abogada EMPERATRIZ EGAÑEZ HERNÁNDEZ contra la sentencia dictada el 18 de diciembre de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara la falta de cualidad e interés para sostener el juicio de los ciudadanos ÁNGEL EMIRO PANQUEBA LÓPEZ, YAMILETH PANQUEBA LÓPEZ y MAYRA ALEJANDRA PANQUEBA LÓPEZ.
TERCERO: Se MODIFICA la decisión apelada dictada el 18 de diciembre de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. En consecuencia, se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA VEINTENAL propuesta por los ciudadanos ÁNGELMIRO PANQUEBA DÍAZ y RODULFA GARCÍA LÓPEZ en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA LAS MARGARITAS C.A..
CUARTO: Se declara el DERECHO DE PROPIEDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA a favor de los dem.....