PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 21 de febrero de 2007 por la abogada YANED CONTRERAS DE ESCALANTE, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora ciudadano FÉLIX MARÍA RIVERA ROJAS, contra la decisión de fecha 1° de junio de 2006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada de fecha 1° de junio de 2006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró extinguida la instancia por haberse verificado la perención de treinta (30) días a que se refiere el artículo 267 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Dada la índole del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 1556, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.