PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el obligado ciudadano INGERBER REY HERNÁNDEZ en fecha 6 de octubre de 2004, contra la decisión de fecha 15 de septiembre de 2004 dictada por la Jueza Unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud de aumento de pensión de alimentos que formulara la ciudadana ELEUTERIA ROMERO PINTO en beneficio de sus hijos GAUDY VIANEY y DARWIN JOSUE REY ROMERO, en contra del ciudadano INGERBER REY HERNÁNDEZ.
TERCERO: Se fija como pensión de alimentos en beneficio de los hermanos REY ROMERO la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00) mensuales, más una cuota extraordinaria en la misma cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para gastos escolares y decembrinos. Conforme al artículo 369 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, se establece el aju.....