ÚNICO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado ÁNGEL JOSÉ ILUMINADO PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.077.139, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 6.685 y de este domicilio, actuando en nombre y representación de PORCICRIA SOCIEDAD ANÓNIMA, contra el auto dictado el 24 de febrero de 2010 por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en el expediente signado con el número 5845-2004, de la nomenclatura de ese Tribunal.
No se condena en costas al quejoso por no considerarse temeraria la presente acción.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 2.245 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunsc.....