PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN JOSÉ FÁBREGA en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana GLENDA MORENO OSORIO, contra la sentencia dictada el 4 de julio de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.-
SEGUNDO: Se declara la FALTA DE CUALIDAD de la sociedad mercantil INVERSIONES MORENOSORIO C.A., para intentar el presente juicio. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la presente demanda por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales interpuesta contra la ciudadana GLENDA MORENO OSORIO.-
TERCERO: Se REVOCA la sentencia apelada.-
CUARTO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 1.721, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, .....