PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el obligado WILFREDO COLMENARES ZAMBRANO en fecha 21 de marzo de 2005, contra la determinación provisional de fecha 15 de marzo de 2005, dictada por la Jueza Unipersonal Nº 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de pensión de alimentos que formulara la ciudadana LAYLA SLIKA SALAMANCA en beneficio de su menor hijo WILFREDO ALEJANDRO COLMENARES SLIKA, en contra del ciudadano WILFREDO COLMENARES ZAMBRANO.
TERCERO: Se fija como pensión de alimentos en beneficio del niño WILFREDO ALEJANDRO SLIKA la cantidad de TRESCIETOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (BS. 350.000,00) MENSUALES, monto que deberá ser depositado dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes en la cuenta de ahorros aperturada al efecto por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.....