En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 488-A de la Ley de Protección del Niño, Niña y Adolescente DECLARA PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN que interpusiera el obligado CAMILO JOSÉ DÁVILA LEAL, con cédula de identidad N° V-17.677.005, contra la sentencia definitiva dictada el 10 de agosto de 2.010 por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en la causa por FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que interpusiera en su contra la ciudadana LUZ HADIT MEJIA MEDINA en representación de su hija.
Déjese copia certificada para el archivo del tribunal.
La Jueza Titular,
JEANNE LISBETH FERNÁNDEZ DE ACOSTA.
El Secretario,
Javier Gerardo Omaña Vivas.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-