PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado FRANCISCO RODRÍGUEZ NIETO, actuando con el carácter de apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles "POLICLÍNICA TÁCHIRA C.A." y "POLICLÍNICA TÁCHIRA HOSPITALIZACIÓN C.A.," contra el auto dictado el 24 de abril de 2009 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se ADMITEN las pruebas promovidas en los capítulos tercero, cuarto, quinto y sexto por la parte demandada en su escrito de fecha 14 de abril de 2009.
Queda REVOCADO parcialmente el auto apelado.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los nueve (9) días del mes de noviembre del año 2009. Años 199º de la.....