PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN CARLOS GARCÍA VERA en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante y apelante, contra la sentencia dictada el 4 de octubre de 2011 por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira que declaró sin lugar la demanda de Prescripción Adquisitiva interpuesta por la ciudadana MARIA JUDITH MORA, y condenó en costas a la parte demandante.
SEGUNDO: Se MODIFICA la decisión apelada y dictada el 4 de octubre de 2011 por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. En consecuencia: 1.- Se declara SIN LUGAR la demanda de Prescripción Adquisitiva intentada por la ciudadana MARIA JUDITH MORA MORA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-5.026.885, contra los ciudadanos MERCEDES MORA CHACÓN, REYES MORA CHACÓN, JOSÉ ITALO MORA CHACÓN, MARIA PASTORA MORA CHACÓN, ANGELI.....