PRIMERO: ADMITIR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado MIGUEL ÁNGEL PAZ RAMIREZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LIBERIO ZAMBRANO y GAUDENCIO ZAMBRANO, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial, con lo cual, a su decir, violentó sus d de enero principios constitucionales relativos al orden público constitucional, debido proceso tanto en sentido material como en sentido formal, además de que alega que en el procedimiento de ejecución de sentencia se vulnera el derecho a la propiedad y de no confiscación de los ejecutados, co.nsagrados en los artículos 115 y 116 del Texto Fundamental.
SEGUNDO: TRAMITARLA por el procedimiento oral, público, breve y gratuito, establecido en los artículos 27, 49 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con la doctrina jurisprudencial establecida en la sentencia N° 07 de la Sala Constitucional del Tribunal S.....