ÚNICO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por el ciudadano Juez Temporal del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Abogado GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR, en el expediente signado por ante el referido Tribunal bajo el N° 4.905 en que los ciudadanos MARÍA DEL VALLE CAMACHO ROSALES y JUAN JOSÉ CAMACHO ROSALES demandaron a la ciudadana ZENINI CONTRERAS NUNZIATINA, por DESALOJO.
Remítase con oficio copia computarizada certificada de la presente decisión a los Juzgados Primero, Segundo y Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia certificada de esta decisión para el archivo del Tribunal, según lo ordenan los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolesce.....