Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, DECIDE:
ÚNICO: Se declara "IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS" la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano SENEN PULIDO BARON VILLAMIZAR, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira el 19 de septiembre de 2018, diarizado bajo el N° 02.
No se condena en costas al quejoso por no ser temeraria la presente acción.
Publíquese esta sentencia en el expediente Nº 3.640 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los cinco (5) días del mes de .....