PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados RAMÓN ALFONSO NAVA VERA y EYMAR HUMBERTO CONTRERAS DELGADO, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana BEXAIDA GREGORIA CASTRO GANDICA parte demandante, contra de la decisión de fecha 31 de mayo de 2010 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada el 31 mayo de 2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, diarizada bajo el N° 31, que declaró la perención de la instancia.
TERCERO: Conforme al artículo 283 del Código del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.