PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación que ejerciera la abogada HILDE HANSSEN MUNCKER en fecha 6 de abril de 2010 contra el auto dictado el 5 de abril de 2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto apelado dictado el 5 de abril de 2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
TERCERO: Se ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial pronunciarse sobre la oposición a las pruebas de la parte demandada, presentada por la abogada HILDE HANSSEN MUNCKER en su carácter de apoderada judicial de la parte actora mediante escrito de fecha 25 de marzo de 2010.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE esta sentencia en el expediente Nº 2267 y REGÍSTRESE conforme a los.....